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Exigencias para distribuidores de gas.
25 de Septiembre, 2013
Se insiste en la necesidad de la comunidad en reclamar por su derechos en lo que hace a la provision de gas. La Cooperativa Electrica Ltda de Obera es la unica que comercializa a 16 pesos la garrafa de 10 kgs. De esta manera, se recuerda que se encuentra en vigencia la ley 26.020, la que en su articulo 17 menciona que "los fraccionadores, distribuidores y demás integrantes de la cadena de comercialización, están obligados a recibir de los consumidores los envases de su marca o con leyenda de terceros”. Por lo que se debe recibir todos los envases. No se puede cobrar sumar alguna si se entrega un envase diferente a la de la empresa operadora e incluso, se puede recibir un envase de 15 kgs y cambiarlo por uno de 10 kgs lleno. Horacio Barua, responsable del sector gas de la CELO sostuvo que “la ley es clara cuando dice que no se puede dejar al usuario desabastecido, si se entrega un envase de 15, la empresa debe entregarle una garrafa de 10 kgs llena si o si". Pero ademas explicó que tambien es obligación por ley "colocar en los lugares de venta un cartel que mencione el nombre del establecimiento, marca que identifica a los envases que distribuye, horario de atencion, precio de los envases y la leyenda que diga que: antes de retirarse el usuario debe verificar el precinto de seguridad del envase. En caso de anomalia o precio superior al indicado debera comunicarse al (011) 40211500 o al mail crenze@minplan.gov.ar de la direccion de gas licuado de petroleo". Barúa sostuvo que "es necesario la gente sepa esto para hacer cumplir a todas las distribuidoras y garantizar el servicio en todos los ordenes, no solamente a la Cooperativa".